Kim Soo-hyun VS Cuckoo Electronics: el tribunal destaca las zonas grises del litigio

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Se celebró una nueva audiencia el 16 de enero 2026 ante el Tribunal del Distrito Central de Seúl en el caso de Kim Soo-hyun al grupo Cuckoo Electronics, del que era musa. Las filiales Cuckoo Electronics, Cuckoo Homesys y la sucursal malaya Cuckoo International Berhad se adjudican alrededor de 1.000 millones de euros. 2.000 millones de won en concepto de daños y perjuicios al actor y a su agencia Gold Medalist, tras la rescisión de su contrato publicitario.

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Kim Soo-hyun había sido contratada como modelo exclusiva de la marca, pero Cuckoo puso fin a la colaboración tras la aparición de un controversia sobre las relaciones supuesto romance con el difunto Kim Sae-ron, que comenzó cuando ella era menor de edad. En la primera vista, sin embargo, el tribunal recordó que’una controversia privada no constituía automáticamente un motivo válido para rescindir el contrato.

Contratos internacionales, responsabilidad poco clara y fecha de rescisión controvertida

En esta segunda vista, el tribunal planteó varias cuestiones importantes. En particular, insistió en la la naturaleza de la rescisión debe definirse jurídicamente ¿Se trata de un incumplimiento del contrato previsto en las cláusulas o de una rescisión basada en una falta imputable al actor? Las consecuencias jurídicas (restitución de cantidades y cálculo de daños y perjuicios) difieren radicalmente en función de cómo se califique el contrato.

El tribunal también pidió aclaraciones sobre la contratos publicitarios internacionales, Se trata del acuerdo firmado para Malasia y de un acuerdo global que abarca 6 países. La formulación “durante la vigencia del contrato” plantea un problema: no aclara si la responsabilidad económica del jugador sólo se aplica en caso de falta probada, o también si la publicidad resulta imposible debido a una controversia externa. Según el tribunal, sin una interpretación precisa de estas cláusulas, es imposible evaluar el importe real de los daños y perjuicios.

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Otro punto clave es la propia estructura del contrato malasio. Kim Soo-hyun no figura como parte contratante, a pesar de que las cláusulas de responsabilidad se refieren a una obligación que también incumbe al actor. El tribunal pidió a los demandantes que explicaran por qué no se incluyó al actor como firmante, Esta incoherencia se basa en varios factores, entre ellos el hecho de que la empresa está siendo objeto de una compensación económica, y la base jurídica de esta incoherencia.

Por último, la cuestión de momento exacto de la terminación sigue siendo fundamental. El tribunal dictaminó que una simple carta en la que se hacía referencia a la imposibilidad de continuar con el contrato, sin ningún fundamento jurídico específico, no era suficiente para constituir una notificación válida. Los jueces pidieron a Cuckoo que aclarara si la carta enviada el 24 de marzo debe considerarse como el cese oficial, o si éste debe fijarse en la fecha de notificación del auto. De lo contrario, la determinación del importe de la indemnización podría dejarse enteramente a la discreción del tribunal.

En la audiencia también se abordaron las diferencias de hecho en torno a la cronología de determinados acontecimientos relacionados con Kim Sae-ron, en particular la datación de fotografías y la información financiera. Las 2 partes indicaron que los resultados de la investigación en curso podrían ayudar a aclarar estos puntos.

La próxima audiencia se ha fijado para 10 de abril, A continuación, el tribunal examinará la información adicional solicitada sobre los hechos, las cláusulas contractuales y la naturaleza jurídica de la rescisión. Esperemos que esta vez sí se conozcan las conclusiones de la investigación.

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